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Chaleco Reflectante, elemento de seguridad obligatorio

La nueva medida impuesta por la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito busca disminuir los accidentes de tránsito ocurridos en carreteras a causa de pannes o detenciones fortuitas en medio del camino.

Todo sobre la norma de chaleco reflectante

Hasta ahora, las medidas de seguridad establecidas por la ley de tránsito obligan a los conductores a llevar en el auto un extintor de incendios y triángulos de seguridad para señalizar en caso de sufrir una detención de emergencia.

Normalmente, cuando un conductor sufre una panne, debe bajarse del vehículo para colocar éstos triángulos de señalización y resolver la emergencia. Esta acción es de alto riesgo, más aun si ocurre en el atardecer o noche, ya que la visibilidad de otros conductores se ve reducida y las posibilidades de atropellar a quien se detuvo aumentan.

Las estadísticas son decidoras al respecto. De acuerdo datos de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset), más de 6000 personas han muerto en los últimos 10 años en nuestro país. El año 2014, la cifra de fallecidos por esta causa ascendió a 615 personas.

Es por esto que del Ministerio de Transporte ha decidido impulsar el decreto supremo 164 de la Ley de tránsito, incorporando el chaleco reflectante como elemento de seguridad obligatorio que todo conductor debe portar. La medida comenzará a regir desde el año 2016.

Con esto se busca aumentar la seguridad para quienes detienen el auto en medio del camino, normalmente a causa de una emergencia, aumentando su visibilidad frente a otros conductores.

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Lo que debes tener en cuenta:

  • El chaleco debe contener material fluorescente de color amarillo
  • El chaleco debe contener bandas de material retrorreflectante, con un ancho no menor a 5 centímetros.
  • El chaleco debe guardarse en la guantera, bajo los asientos del auto, u otro lugar accesible en el interior del auto, de manera que el conductor pueda bajarse del auto vistiendo el chaleco.
  • Es incorrecto guardar el chaleco en la maleta del auto.
  • No cumplir con esta medida constituirá una falta leve, implicando multas desde 0,2 a 0,5 UTM (dese 9.000 a 23.000 pesos aproximadamente).

Fuente de imágenes: Conaset www.conaset.cl/chaleco-reflectante.

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