Las Plantas de Revisión Técnica rechazan vidrios polarizados que no sean certificados, desde el pasado11 de marzo de este año 2021. Esto ocurre a raíz de la entrada en vigencia del decreto que obliga a las plantas de revisión a rechazar los vidrios polarizados que no cuenten con la homologación 3CV.
Sólo serán aprobados los vidrios ahumados que vengan con una certificación de empresas autorizadas y si tu auto tiene alguna lámina que modifique la transmisión natural de luz desde y hacia el interior del móvil, no recibirás el certificado de la PRT. Pero esto va a cambiar...
Con la nueva ley sobre vidrios polarizados, se modificó el primer punto del artículo 75º de la Ley de Tránsito, con el objeto de permitir el uso de vidrios oscuros o polarizados.
De esta manera, quedó establecido que los vehículos livianos, medianos y pesados que tengan espejos exteriores en ambos lados de la carrocería, podrán contar con vidrios oscuros o polarizados, mediante la instalación de láminas adheridas en la superficie interna de los vidrios, exceptuando el parabrisas y vidrios oscurecidos de fábrica. Para ello, las láminas deberán adherirse en un solo paño por vidrio e instalarse de manera que no queden imperfecciones u otros elementos que dificulten la visual.
Desde el 11 de agosto de 2022 comenzó a regir esta nueva normativa sobre vidrios polarizados emitida por el Ministerio de Transportes. De esta manera comenzó a inspeccionarse los vidrios polarizados en las PRTs. Así que para la próxima revisión técnica que le corresponda a tu vehículo, considera que será exigencia cumplir con el reglamento.
En este caso, se pueden instalar, pero no deben tapar la superficie luminosa de la tercera luz de freno.
Las láminas no podrán ser de los siguientes colores ni texturas:
El conjunto que se forme entre el vidrio y la lámina, para que sea aprobado por la nueva ley, deber tener un factor de transmisión regular de la luz o índice de transparencia y este valor deberá quedar grabado en la lámina a través de un sello con relieve e imborrable, en el que se debe indicar el nombre y RUT del instalador.
Los factores mínimos de transmisión de luz entonces son:
Tipo de vidrio del vehículo | Vehículos livianos y medianos | Taxis y Transporte Escolar |
---|---|---|
Vidrios laterales delanteros | 70% | 70% |
Vidrios laterales traseros | 28% | 50% |
Luneta trasera | 28% | 70% |
El reglamento indica que el instalador de las láminas debe emitir y entregar un certificado digital, que podrá contar con firma electrónica avanzada y el conductor deberá portar este documento en el interior del vehículo. Este certificado debe exponer la siguiente información:
Como bien sabrás, son muchas las opiniones contrarias que está suscitando la modificación de esta ley. Y es que gran cantidad de conductores que utilizan y prefieren los vidrios polarizados por diversos motivos: estética, seguridad (pues no permiten ver desde fuera lo que hay dentro del vehículo ante posibles intención de robo), descender la radiación lumínica (tanto lunas como láminas tienen filtros UV, entre otros.
Definitivamente el uso de polarizados no se reduce solo a aquellos conductores que desean "ocultar" o delinquir, sino que su uso está mucho más extendido y ahora es tarea del gobierno regularizar su uso para impedir los usos fraudulentos y aprovechar los pros que tienen los polarizados.
Las láminas son otro asunto a discutir con el nuevo planteamiento de los polarizados. Y es que existe un gran uso de éstas, que se pueden adherir tanto al interior del vidrio como al exterior.
El uso de estas láminas también se hace porque existen polarizadas y sale más barato aplicarlas a los vehículos que cambiarles los vidrios.
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