Según lo que establece la legislación chilena, no es posible hacer traspaso de propiedad de vehículo entre esposos, pues el artículo 1.796 del Código Civil establece que “es nulo el contrato de compraventa entre cónyuges no separados judicialmente, y entre el padre o madre y el hijo sujeto a patria potestad”.
Por otro lado, esta regla también aplica para aquellas parejas que se encuentran en Acuerdo de Unión Civil.
Cabe mencionar que, como bien se menciona en el artículo 1138 del Código Civil, es posible realizar donaciones entre cónyuges aunque solamente pueden ser del tipo revocables.
Al transferir un vehículo entre parejas casadas o con Acuerdo de Unión Civil que se hayan divorciado, la condición de "divorciado" debe quedar explícito el divorcio en el certificado de matrimonio para poder hacer este trámite.
Si el matrimonio o el acuerdo de unión civil se han disuelto legalmente y el divorcio ha quedado registrado en el certificado de matrimonio, se puede realizar la transferencia del vehículo, en cuyo caso, implica los siguientes costos que se deben tener en cuenta:
Si transfieres en notaría, deberás pagar alrededor de $40.000.
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