El concepto de seguridad siempre se ha quedado corto si de motocicletas se trata, pues a diferencia de los autos, al no haber una carrocería y una jaula de seguridad que resguarde al conductor, un accidente en motocicleta puede tener resultados fatales.
Es por esta razón que, en Chile, en el año 2001 se estableció la reglamentación sobre los elementos obligatorios que deben llevar las personas al ir en motocicleta y, en 2019, se introdujo una actualización que busca aumentar la seguridad del casco para motociclistas, elemento que ahora debe estar certificado.
En esta nota hemos querido profundizar en la indumentaria necesaria y obligatoria para circular en moto por las calles y carreteras chilenas. A continuación podrás ver el listado con las características que debe cumplir cada elemento de acuerdo con la normativa vigente:
Es el elemento esencial del equipamiento de un motociclista. Los cascos adquiridos antes del 26 de septiembre de 2019 deben cumplir con el estándar americano, europeo o japonés, llevando impresa la marca, talla y norma internacional de fabricación.
En tanto, los cascos adquiridos después del 26 de septiembre de 2019 están obligados a llevar la autorización del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través de la homologación en el 3CV.
El casco es obligatorio para conductor y acompañante y no portarlo es una infracción a la Ley de Tránsito que conlleva una multa de entre 0.5 y 1 UTM, es decir entre $30.885 y $61.729, según el valor de la UTM a enero de 2023. Además te retendrán la licencia de conducir en el Juzgado de Policía Local mientras se resuelve la infracción.
Si tu casco no tiene, deberás contar con alguna protección para los ojos que no sea de cristal. Si no cumples con este elemento, este punto también tiene una sanción de 0,5 a 1 UTM.
El Decreto 234 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones también agrega los guantes a la lista de los elementos obligatorios, los que deben incluir los dedos y deben de ser de un material resistente al roce.
La multa por no portar los guantes es igual a la del casco.
Al comprar tus guantes, te recomendamos que cuenten con protecciones en los nudillos y refuerzos en las palmas.
Usar los zapatos adecuados también es esencial y obligatorio, y en este sentido, la norma exige que sean cerrados y aconseja que sean antideslizantes. La sanción por no cumplir este punto también es de 0,5 a 1 UTM.
Sobre este elemento, los expertos aconsejan exceder la exigencia de la ley y utilizar zapatos que incluyan protección para los tobillos, o sea, que tengan caña larga.
La ley exige proteger las piernas y brazos con ropa resistente al roce en calles o autopistas con velocidad permitida superior a 80 Km/h.
Si eres controlado en la calle incumpliendo con este requisito también te expones a ser multado por este concepto, con un parte que también va entre 0,5 a 1 UTM.
Para los especialistas, este es uno de los puntos más bajos en la ley, ya que la ropa completa sólo se exige para carreteras en las que se superen los 80 kilómetros por hora, permitiéndote ir en zonas urbanas con casco, guantes, zapatos, short y polera, pese a que una caída a 50 km/h es potencialmente peligrosa.
Por esta razón, en Autofact te recomendamos que, si vas a andar en moto, te asegures de llevar puestos todos tus elementos obligatorios y lo que sea necesario para resguardar tu seguridad y la de tu acompañante.
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