Según la Ley de Tránsito 18.290, "conducir haciendo uso de un teléfono celular u otro aparato de telecomunicaciones, salvo que tal uso se efectúe por medio de un sistema de 'manos libres', cuyas características serán determinadas por el reglamento" se considera una infracción grave.
Recuerda que las multas de las infracciones pueden constar entre 1 y 1,5 UTM (es decir, entre $50.322 y $75.480, de acuerdo al valor de la UTM a septiembre de 2020).
¡Ojo! Según indica la Ley de Tránsito "a los reincidentes de infracciones gravísimas o graves, cometidas en los últimos tres y dos años, respectivamente, se les impondrá el doble de la multa establecida para cada infracción, la que se elevará al triple en caso de incurrirse nuevamente en dicha conducta. Lo anterior, sin perjuicio de las suspensiones o cancelaciones de licencias de conductor que corresponda".
La respuesta es no. A pesar de que el auto esté parado, no se puede hacer uso del teléfono celular o cualquier otro dispositivo de esta índole. Éste supone una distracción en cualquier momento de la conducción y lo que pretende esta ley es precisamente lo contrario, mantener al conductor concentrado y pendiente solamente del tránsito y el manejo del auto.
Si estás en un viaje largo en el que quieres o necesitas hablar, o si estás trabajando, hay otras maneras de hablar por celular sin tener que estar pendiente del aparato:
Ojo, aquellas tareas que supongan tener que tocar el aparato, (como por ejemplo tenerlo en un soporte junto al volante) también están prohibidas si implican al conductor tener que mirar y tocar el celular.
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