Al momento de realizar la transferencia de un auto, pueden existir limitaciones al dominio, que están disponibles en el Certificado de Anotaciones Vigentes, CAV. Sin embargo, debes considerar que también hay restricciones que tú puedes tener como persona natural o jurídica para concretar este proceso.
A continuación, te contamos sobre algunas situaciones que generan duda respecto del traspaso de un auto y en las que se puede experimentar alguna dificultad para concretar este paso de la venta.
En este caso, independiente que el vehículo esté a nombre de una de las partes, al estar bajo el Acuerdo de Unión Civil, ambas personas deben firmar el contrato para que se pueda llevar a cabo la transferencia.
En este caso, no es necesario que firmen ambas partes, sólo quien es dueño del auto.
No, no es posible hacer traspaso de propiedad de un vehículo entre esposos ni entre convivientes de unión civil, pues el artículo 1.796 del Código Civil establece que el contrato de compraventa es nulo entre cónyuges no separados judicialmente, y entre el padre o madre y el hijo sujeto a patria potestad, o sea, los hijos menores de edad. En el caso de los hijos mayores de edad, sí está permitido realizar la transferencia.
Puedes conocer más detalles en ¿Puedo cambiar mi auto a nombre de mi cónyuge?
Esta transferencia se puede hacer, siempre que él o los herederos hayan realizado primero el trámite de la posesión efectiva del auto, y una vez que el vehículo quede inscrito en el Registro Civil a nombre de los nuevos dueños, se podrá concretar el proceso de la venta a un tercero.
Sí, técnicamente se puede hacer la transferencia, pues las multas no son un impedimento para vender un vehículo.
Sin embargo, quien realiza la compra, debe estar al tanto que deberá asumir el costo de poner el auto al día, ya que las infracciones morosas cursadas a la patente se ingresan en el Registro de multas de tránsito no pagadas del Servicio de Registro Civil, lo que impedirá renovar el permiso de circulación del siguiente periodo.
En este caso, si el tribunal ha determinado el embargo de tus bienes, y el auto que quieres vender es parte de ese listado, no podrás realizar la transferencia, porque este antecedente figurará en el Certificado de Anotaciones Vigentes, CAV, del vehículo.
No, para poder transferir un vehículo, tu carné de identidad debe estar vigente.
Puedes efectuar la transferencia, siempre que presentes un documento original o su copia legalizada donde conste que eres el representante legal de la empresa que está vendiendo el vehículo. Además, debes contar con la escritura de la sociedad y su RUT.
En este escenario, puedes comprar o vender un vehículo siempre que cuentes con un RUT de inversionista extranjero.
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